Cambiar tu hipoteca a otro banco: procedimiento, plazos legales de enervación, costes reales y cuándo compensa por diferencial y años restantes.
La subrogación hipotecaria es cambiar tu préstamo de banco manteniendo la misma vivienda. Aquí verás el procedimiento paso a paso, los 15 días hábiles de enervación del banco actual, los costes reales (tasación, gestoría, comisión de subrogación) y cuándo compensa según el diferencial y los años que te quedan.
Más información oficial:
Banco de España – Subrogación de hipotecasBOE – Ley 5/2019 de Crédito InmobiliarioLa subrogación hipotecaria es el cambio de tu préstamo de un banco a otro que te ofrece mejores condiciones, manteniendo la misma vivienda como garantía. No cancelas ni constituyes una hipoteca nueva desde cero: el préstamo se traslada de entidad, con su capital pendiente y su plazo, pero con el tipo y las condiciones que negocies con el nuevo banco.
La diferencia con la novación hipotecaria es el banco: en la novación renegocias con tu entidad actual; en la subrogación la cambias. Por eso la subrogación suele dar más margen de mejora (el nuevo banco compite por captarte), pero también tiene más costes y un procedimiento con plazos legales que conviene conocer.
Si solo quieres comparar ambas figuras de forma informativa, tienes la comparativa entre novación y subrogación en el blog. Aquí nos centramos en cómo cambiar de banco.
La subrogación tiene un procedimiento regulado por la Ley 5/2019, con pasos y plazos definidos. Conocerlos te ayuda a saber qué esperar y a no quedarte parado en medio del proceso.
1. Oferta vinculante del nuevo banco. Tras estudiar tu expediente, la nueva entidad te entrega una oferta formal con tipo, plazo y condiciones. 2. Notificación al banco actual. El nuevo banco solicita al tuyo un certificado de deuda pendiente y le notifica la operación. 3. Plazo de enervación. Tu banco tiene 15 días hábiles para igualar o mejorar la oferta. 4. Decisión. Si el banco actual enerva, puedes quedarte con él mejorado; si no, procedes con el nuevo. 5. Firma ante notario. Se firma la escritura de subrogación. 6. Inscripción en el registro. El nuevo banco inscribe su posición en el Registro de la Propiedad.
El plazo total real, desde que inicias hasta la firma, suele ser de 4 a 8 semanas, según la rapidez del banco actual y la disponibilidad de la tasación.
El punto clave del procedimiento es la enervación: el derecho de tu banco actual a igualar la oferta del nuevo banco y retenerte como cliente. Es un mecanismo pensado para fomentar la competencia, y te beneficia pase lo que pase.
El banco tiene 15 días hábiles desde la notificación para presentar su contraoferta. Si la presenta y mejora las condiciones, puedes aceptarla y quedarte en tu banco sin cambiar (equivale a una novación provocada por la subrogación). Si no presenta contraoferta o no mejora lo suficiente, sigues con el nuevo banco.
Este plazo es legal e improrrogable: el banco no puede alargarlo para bloquearte. Por eso, tener una oferta vinculante real del nuevo banco es la palanca más fuerte que existe para mejorar tu hipoteca, incluso si al final te quedas con tu entidad.
La subrogación no es gratis, pero muchos de sus costes los asume el nuevo banco. La tasación (300-600 €) la pagas tú, aunque el nuevo banco suele financiarla. La notaría y el registro de la escritura de subrogación los paga el nuevo banco por ley desde 2019. La gestoría (200-400 €) es negociable y casi siempre la asume la nueva entidad.
El coste que sí puede salir de tu bolsillo es la comisión de subrogación que te cobra el banco actual, limitada por la Ley 5/2019: en variable, máximo 0,25% los primeros 3 años y 0% después; en fija, máximo 2% los primeros 10 años y 1,5% después. Si tu hipoteca es anterior a 2019, revisa la escritura: la ley permite acogerse a los nuevos límites en muchos casos. Lo detallamos en nuestra guía de comisiones hipotecarias.
En total, el desembolso real del cliente en una subrogación suele moverse entre 300 y 1.000 € cuando el nuevo banco asume notaría, registro y gestoría, que es lo habitual.
La subrogación compensa cuando el ahorro por la mejora de tipo supera los costes de la operación. Dos variables lo deciden: el diferencial entre tu tipo actual y el que te ofrece el nuevo banco, y los años que quedan de préstamo (a más años, más ahorro acumulado para compensar los costes).
La regla práctica: con un diferencial de 0,5 puntos o más y más de 3-5 años por delante, la subrogación suele compensar. Con diferenciales pequeños o pocos años restantes, los costes pueden comerse el ahorro. Esta tabla muestra cuánto tardas en recuperar unos 1.000 € de costes según el diferencial, sobre un capital pendiente de 150.000 €:
| Diferencial de tipo | Ahorro anual aprox. | Meses para recuperar ~1.000 € | Compensa si quedan |
|---|---|---|---|
| 0,25 pt | 375 € | ~32 meses | más de 5 años |
| 0,50 pt | 750 € | ~16 meses | más de 3 años |
| 0,75 pt | 1.125 € | ~11 meses | más de 2 años |
| 1,00 pt | 1.500 € | ~8 meses | casi siempre |
| 1,50 pt | 2.250 € | ~5 meses | casi siempre |
Hay un detalle que muchos desconocen: la subrogación te puede ahorrar dinero aunque nunca cambies de banco. Cuando presentas una oferta vinculante real de otro banco, tu entidad tiene 15 días para enervarla, y en la práctica eso se traduce en una contraoferta con mejores condiciones sin coste de tasación ni cambio de entidad.
Para que esta estrategia funcione necesitas una oferta vinculante de verdad, no una simulación. Por eso el primer paso siempre es un estudio previo con tus números reales y una oferta formal en la mano. Si quieres que lo hagamos, pide un estudio hipotecario personalizado sin compromiso.
15 días hábiles. Es el plazo legal de enervación de la Ley 5/2019: tu banco tiene ese tiempo para igualar o mejorar la oferta del nuevo banco. Si lo hace, puedes quedarte con él mejorado; si no, procedes con el cambio. Es un plazo improrrogable, no puede alargarlo para bloquearte.
La tasación (300-600 €) la pagas tú, aunque el nuevo banco suele financiarla. La notaría y el registro de la escritura de subrogación los paga el nuevo banco por ley. La gestoría es negociable y casi siempre la asume la nueva entidad. El coste que puede salir de tu bolsillo es la comisión de subrogación del banco actual, limitada por ley.
No. Solo puede enervar, es decir, igualar la oferta del nuevo banco en los 15 días hábiles. Si no la iguala o no mejora lo suficiente, no puede bloquear el cambio. Por eso tener una oferta vinculante real es la palanca más fuerte para mejorar tu hipoteca, incluso si al final te quedas.
Cuando el ahorro por la mejora de tipo supera los costes de la operación. Como regla práctica, con un diferencial de 0,5 puntos o más y más de 3-5 años de préstamo por delante, la subrogación suele compensar. Con diferenciales pequeños o pocos años restantes, los costes pueden comerse el ahorro.
La subrogación si tu banco no mejora o el mercado ofrece condiciones claramente mejores: tiene más margen de ahorro porque el nuevo banco compite, pero más costes. La novación si tu banco está dispuesto a mejorar y quieres evitar el cambio de entidad: cuesta menos, pero suele ahorrar menos. Lo comparamos en nuestra página de novación hipotecaria.
Consulta gratuita y sin compromiso. Te respondemos en menos de 2 horas.